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Chile: actualización de Resolución Exenta N° 33/2010 fija tolerancias máximas de residuos de plaguicidas en alimentos

rganización Mundial
del Comercio


G/SPS/N/CHL/347/Add.2
1º de febrero de 2012

(12‑0638)


Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Original:  español



NOTIFICACIÓN

Addendum


La siguiente comunicación, recibida el 31 de enero de 2012, se distribuye a petición de la delegación de Chile.

_______________


Actualización Resolución Exenta N° 33/2010 Fija Tolerancias Máximas de Residuos de Plaguicidas en Alimentos
            La República de Chile comunica con relación al Proyecto de Resolución del Ministerio de Salud, por medio del cual se propuso la Actualización de la  Resolución Exenta N° 33/2010 que Fija Tolerancias Máximas de Residuos de Plaguicidas en Alimentos, notificado el 21 de febrero de 2011 por la Organización Mundial del Comercio mediante el documento identificado con la signatura G/SPS/N/CHL/347, que esta ha sido expedida mediante la Resolución N° 762, que se ha publicado en el Diario Oficial el 20 de octubre de 2011, y entrara en Vigencia a partir del 17 de abril de 2012.
Este addendum se refiere a:
[ ]           la modificación de la fecha límite para la presentación de observaciones
[X]         la notificación de la adopción, publicación o entrada en vigor del reglamento
[ ]           la modificación del contenido y/o ámbito de aplicación de un proyecto de reglamento previamente notificado
[ ]           el retiro del reglamento propuesto
[ ]           la modificación de la fecha propuesta de adopción, publicación o entrada en vigor
[ ]           otro aspecto:   
Plazo para la presentación de observaciones:  (Si el addendum amplía el ámbito de aplicación de la medida anteriormente notificada en cuanto a los productos abarcados y/o los Miembros a los que puede afectar, deberá preverse un nuevo plazo para recibir observaciones, normalmente de 60 días naturales como mínimo.  En otros casos, como el aplazamiento de la fecha límite anunciada inicialmente para la presentación de observaciones, el plazo previsto en el addendum podrá variar.)
[ ]           Sesenta días a partir de la fecha de distribución del addendum a la notificación y/o (día/mes/año)No se aplica.
Organismo o autoridad encargado de tramitar las observaciones:  [X] Organismo nacional encargado de la notificación, [ ] Servicio nacional de información.  Dirección, número de fax y dirección de correo electrónico (si la hay) de otra institución:
Correo electrónico:  sps.chile@sag.gob.cl
Texto disponible en:  [X] Organismo nacional encargado de la notificación, [ ] Servicio nacional de información.  Dirección, número de fax y dirección de correo electrónico (si la hay) de otra institución:
Correo electrónico:  sps.chile@sag.gob.cl

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